Expertos del Foro Abraham explicaron qué dicen las tres religiones monoteístas sobre cómo hay que tratar al "otro", y a continuación se abrió un animado debate con la audiencia.
Dónde: Colegio Mayor Alcor. General Ampudia 7, Madrid
Cuándo: Jueves 29 de noviembre, a las 20:00h
Ponentes:
D. Manuel Barrios Prieto. Sacerdote católico. Director del Secretariado de Relaciones Interconfesionales de la Conferencia Episcopal Española.
D. Saif El Islam Benabdenour. Profesor universitario. Miembro de la comunidad islámica de Madrid.
D. Mario Stofenmacher. Director de educación y culto de la Comunidad judía Masortí Betel. Representante de Mercaz Olamí en España.
Moderadora:
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Victoria Martín de la Torre. Periodista. Presidenta del Foro Abraham para el Diálogo Interreligioso e Intercultural y becaria de la Alianza de Civilizaciones de la ONU.
Cada vida humana es sagrada, aunque duelan las ofensas a la religión
El Foro Abraham condena la producción de un vídeo grabado con el propósito de ofender a millones de musulmanes y musulmanas en todo el mundo. Y condena aún más enérgicamente la violencia desatada por un pequeño grupo de fanáticos que se ha cobrado la vida de varias personas.
Ningún insulto a la religión justifica un asesinato, porque el valor de cada vida humana es sagrado. El Judaísmo, el Cristianismo y el Islam defienden la santidad de la vida y ninguna ofensa justifica la violencia.
El Foro Abraham llama también a un uso responsable de la libertad de expresión, un derecho que no justifica el insulto gratuito ni la humillación o ridiculización de una persona o de un colectivo, especialmente en lo que atañe a la fe.
Además, el Foro llama a los medios de comunicación y redes sociales a actuar con responsabilidad para no multiplicar el efecto nocivo de las ofensas cometidas por una minoría y contribuir, en cambio, difundir acciones positivas para contribuir a una cultura de paz.
1. Consideramos la religión como una dimensión fundamental del ser humano que lo enriquece y que contribuye al progreso social; sin embargo, entendemos y respetamos a las personas que no comparten esta opinión.
2. También creemos que razón y religión deben ir unidas e iluminarse mutuamente; sin embargo, esto no significa la sumisión de una a la otra, en contra del fideísmo fanático o del racionalismo laicista.
3. Defendemos el derecho de toda persona a vivir y expresar su fe o religión sin ser coaccionado externamente, directa o indirectamente. Nadie debe ser perseguido ni discriminado por dejar de practicar su religión o abrazar otra.
4. El derecho a la libertad religiosa radica en la dignidad misma del ser humano y es un derecho reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, junto con el derecho a la libertad de conciencia y de pensamiento. Este derecho implica que ningún agente externo puede obligar a otro por cualquier medio a acatar una fe religiosa o creencia, pero no hace referencia a la obligación interior de conciencia de buscar la verdad y una vez conocida adherirse a ella.
5. Por coacción externa hay que entender cualquier procedimiento, violento o no, a través del cual, individuos o instituciones, intentan imponer su religión o ideología a otros, procedimientos que pueden ir desde la amenaza directa a la integridad física de las personas a la pérdida de derechos civiles, discriminación social, manipulación de los medios de comunicación, etc.
6. El derecho a la libertad religiosa, como también reconoce la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, supone el derecho a manifestar la propia religión o creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
7. El derecho a la libertad religiosa implica el reconocimiento del derecho de las personas a ser, declararse y vivir también como no creyentes o agnósticos. El derecho a la libertad religiosa es compatible con una ideología relativista que supone que el hombre no puede conocer plenamente la verdad y que todas las religiones son igual de válidas como aproximaciones a ella: Sin embargo, es incompatible con la imposición de esta forma de pensar a los demás como la única válida, y la única que garantiza la libertad religiosa y salvaguarda contra el fanatismo.
8. No atenta contra la libertad religiosa el hecho de que en un país o región, por la historia de su civilización, prevalezca una determinada religión y que ésta se exprese socialmente en monumentos, festividades civiles, signos religiosos, etc.,
9. A ninguna persona religiosa ofenden los signos de otra religión y reconoce, valora y respeta la tradición religiosa que ha marcado la historia de un país, aunque sea distinta de la suya.
10. El ejercicio del derecho a la libertad religiosa queda limitado por otros derechos fundamentales reconocidos también universalmente, como son el de la igual dignidad del hombre y la mujer y el de la igualdad de todos los hombres contra todo tipo de sumisión o esclavitud.
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